MANEJO FITOSANITARIO EN APOYO A LA PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR
MAIZ Y ARROZ.

Objetivos

General:
Dar atención a las plagas que afectan los cultivos de maíz, arroz y cítricos, así como la implementación de medidas fitosanitarias para la detección y control oportuno de langosta, a fin de mantener y/o mejorar los estatus fitosanitarios en el Estado.

Específicos:

Maíz

• Detectar oportunamente las plagas de importancia económica del cultivo de maíz, para emitir las Alertas Fitosanitarias Tempranas en los municipios de Calakmul, Campeche, Hopelchén, Champotón, Escárcega, Candelaria, Carmen, Palizada, Calkiní, Hecelchakán y Tenabo e informar a los productores para promover las acciones de manejo.

• Coadyuvar en la protección fitosanitaria del cultivo del maíz, mediante la aplicación de medidas fitosanitarias, enfocadas a la prevención y control de focos de infestación.

Población potencial, objetivo, estatus fitosanitario y localización de acciones programadas en el Estado de Campeche.

Las plagas de maíz a atender en el estado de Campeche son gusano cogollero (Spodoptera frugiperda), gusano soldado (Spodoptera exigua) y gusano elotero (Helicoverpa zea). De acuerdo con el artículo 5 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, las plagas anteriormente citadas se distribuyen en las principales zonas productoras del estado, las cuales se denominan como Zonas Bajo Control Fitosanitario, en donde se aplicarán medidas fitosanitarias para controlar o disminuir la presencia de estas durante el periodo de desarrollo de los cultivos mencionados

Arroz

• Detectar oportunamente las plagas de importancia económica del cultivo de arroz, para emitir las Alertas Fitosanitarias Tempranas en los municipios de Champotón, Escárcega, Candelaria, Carmen y Palizada e informar a los productores para promover las acciones de manejo.

• Coadyuvar en la protección fitosanitaria del cultivo de arroz, mediante la aplicación de medidas fitosanitarias, enfocadas a la prevención y control de focos de infestación.

Población potencial, objetivo, estatus fitosanitario y localización de acciones programadas en el Estado de Campeche.

Las plagas del arroz a atender en el estado de Campeche son el ácaro del vaneo del arroz (Steneotarsonemus spinki), sogata del arroz (Tagosodes orizicolus), chinche café (Oebalus insularis) y gusano cogollero (Spodoptera frugiperda). De acuerdo con el artículo 5 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, las plagas anteriormente citadas se distribuyen en las principales zonas productoras del estado, las cuales se denominan como Zonas Bajo Control Fitosanitario, en donde se aplicarán medidas fitosanitarias para controlar o disminuir la presencia de estas durante el periodo de desarrollo de los cultivos mencionados.

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SERVICIO FITOSANITARIO EN APOYO A LA PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR Y PREVENCIÓN, CONTROL O ERRADICACIÓN DE PLAGAS FITOSANITARIAS
INOCUIDAD AGRICOLA

La Inocuidad se define como la característica que garantiza que los alimentos que consumimos no causan daño a nuestra salud, es decir, que durante su producción se aplicaron medidas de higiene para reducir el riesgo de que los alimentos se contaminen con:

•Residuos de plaguicidas
•Metales pesados
•Agentes de tipo físico que puedan causar una lesión al momento de consumir un alimento
•Microorganismos como E coli, Salmonella spp o Listeria monocytogenes, que pueden enfermar a los humanos.

Las medidas preventivas que se aplican son los Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación (SRRC), las Buenas Prácticas Agrícolas, Pecuarias, Acuícolas y Pesqueras y el Buen Uso y Manejo de Agroquímicos, con las que se logra que los mexicanos disfrutemos de alimentos sanos y de calidad. #SenasicaNosProtegeATodos

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VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

El Programa de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria, se implementa con fundamento en lo establecido en la Ley Federal de Sanidad Vegetal (LFSV), en los artículos 1; 2; 6; 7 Fracciones III, XVII Y XXXII; 11; 19 fracción 1B y 33 fracción I y II y en su Reglamento, en los artículos 35, 36, 37 y 38 donde se establece que a través del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria se deben implementar esquemas de vigilancia fitosanitaria de plagas reglamentadas, con enfoque de prevención, dando prioridad a riesgos fitosanitarios asociados a los cultivos de maíz, frijol, trigo panificable y arroz.

2. Justificación, viabilidad y prioridades
Con la operación del Sistema de Vigilancia de plagas en Campeche se previene el ingreso, dispersión y/o establecimiento de plagas en el territorio nacional, además con las acciones de Vigilancia se da prioridad a la protección de la producción de cultivos prioritarios como maíz, frijol y arroz, así como otros cultivos (caña de azúcar, soya, sorgo, limón, naranja y chile verde) en la entidad, en beneficio de más de 63,000 productores. La ubicación geográfica del estado de Campeche, lo hace vulnerable a la presencia de plagas de importancia reglamentada, ya que el estado es colindante con Guatemala y Belice, está situado en una de las regiones de mayor actividad turística internacional, es paso de migrantes, cuenta con dos aeropuertos internacionales y un puerto petrolero que recibe mercancías de todo el mundo.

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PROGRAMA BIENESTAR 2020 - CESAVECAM
SERVICIO FITOSANITARIO EN APOYO A LA PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR Y PREVENCIÓN, CONTROL O ERRADICACIÓN DE PLAGAS FITOSANITARIAS

El Plan Nacional de Desarrollo para el periodo 2019-2024, ha establecido la atención de los sectores vulnerables y fomentar la producción de los cultivos de maíz, frijol, trigo panificable y arroz, como estrategia para lograr la autosuficiencia agroalimentaria. En este sentido los programas o proyectos de sanidad vegetal que se establezcan fortalecen las acciones que permiten mejorar la producción para el bienestar, a través de la prevención de plagas.

Al respecto, en el artículo 2 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (LFSV) establece que la sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones legales aplicables; diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los vegetales, sus productos o subproductos que representen un riesgo fitosanitario, así mismo, el artículo 33 de la LFSV establece que la Secretaría tendrá a su cargo la organización y coordinación de las campañas fitosanitarias y para su desarrollo, promoverá la celebración de acuerdos y convenios con los Gobiernos de los Estados y Municipios, Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal o particulares interesados.

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