
El Proyecto de Manejo fitosanitario de cultivos básicos como maíz, frijol, trigo panificable y arroz, busca atender las principales plagas que se presentan durante los ciclos de producción, brindando asesoría técnica a los productores de zonas prioritarias mediante el servicio fitosanitario.
Los cultivos de maíz, frijol, trigo panificable y arroz son estratégicos para lograr la autosuficiencia agroalimentaria de nuestro país, ya que se consideran de suma importancia en México. De acuerdo con la información estadística del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), en el año 2022, el maíz se cultivó en las 32 Entidades Federativas del país, con una producción de 22.6 millones de toneladas; el frijol se cultivó en 31 Estados, con una producción de 944 mil toneladas; el trigo panificable se cultivó en 22 Estados del país,con una producción de 3.5 millones de toneladas y el arroz se cultivó en 12 Estados, con una producción de 223 mil toneladas. Sin embargo, uno de los principales problemas de estos cultivos es que se ven afectados por diversas plagas,las cuales llegan a ocasionar pérdidas que van del 40 % hasta 100 % en la producción.
Por lo anterior, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), a través del Proyecto Manejo fitosanitario de cultivos básicos y a cargo de las Instancias Ejecutoras, implementará acciones para la atención de los cultivos de maíz, frijol, trigo panificable y arroz, asimismo, promoverá las acciones de manejo de las siguientes plagas: gusano cogollero (Spodoptera frugiperda), gusano elotero (Helicoverpa zea), chapulín (Melanoplus spp., Sphenarium spp., Brachysto/a sp. y Taeniopoda sp.), gallina ciega (Phyllophaga sp.) en maíz; conchuela del frijol (Epilachna varivestis) y mosquita blanca (Bemisia tabaci y Bemisia argentifolh) en frijol; pulgón verde de los cereales (Schizaphis graminum), roya de la hoja (Puccinia triticina) y roya lineal o amarilla (Puccinia striiformis) en trigo; chinche café (Oebalus insularis ) y quema del arroz (Pyricularia oryzae) en arroz.
El Proyecto de Manejo fitosanitario de cultivos básicos como maíz, frijol, trigo panificable y arroz, busca atender las principales plagas que se presentan durante los ciclos de producción, brindando asesoría técnica a los productores de zonas prioritarias mediante el servicio fitosanitario.
Los cultivos de maíz, frijol, trigo panificable y arroz son estratégicos para lograr la autosuficiencia agroalimentaria de nuestro país, ya que se consideran de suma importancia en México. De acuerdo con la información estadística del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), en el año 2022, el maíz se cultivó en las 32 Entidades Federativas del país, con una producción de 22.6 millones de toneladas; el frijol se cultivó en 31 Estados, con una producción de 944 mil toneladas; el trigo panificable se cultivó en 22 Estados del país,con una producción de 3.5 millones de toneladas y el arroz se cultivó en 12 Estados, con una producción de 223 mil toneladas. Sin embargo, uno de los principales problemas de estos cultivos es que se ven afectados por diversas plagas,las cuales llegan a ocasionar pérdidas que van del 40 % hasta 100 % en la producción.
Por lo anterior, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), a través del Proyecto Manejo fitosanitario de cultivos básicos y a cargo de las Instancias Ejecutoras, implementará acciones para la atención de los cultivos de maíz, frijol, trigo panificable y arroz, asimismo, promoverá las acciones de manejo de las siguientes plagas: gusano cogollero (Spodoptera frugiperda), gusano elotero (Helicoverpa zea), chapulín (Melanoplus spp., Sphenarium spp., Brachysto/a sp. y Taeniopoda sp.), gallina ciega (Phyllophaga sp.) en maíz; conchuela del frijol (Epilachna varivestis) y mosquita blanca (Bemisia tabaci y Bemisia argentifolh) en frijol; pulgón verde de los cereales (Schizaphis graminum), roya de la hoja (Puccinia triticina) y roya lineal o amarilla (Puccinia striiformis) en trigo; chinche café (Oebalus insularis ) y quema del arroz (Pyricularia oryzae) en arroz.


Inocuidad Agrícola: Con fundamento en el artículo 2 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (LFSV) se establece que la regulación en materia de sistemas de reducción de riegos de contaminación, tiene como finalidad, promover, verificar y certificar las actividades efectuadas en la producción primaria de vegetales encaminadas a evitar su contaminación por agentes físicos, químicos o microbiológicos, a través de la aplicación de Buenas Prácticas Agrícolas y el uso y manejo adecuado de insumos utilizados en el control de plagas, así mismo el artículo 47-A de la LFSV establece que la Secretaría determinará mediante normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales aplicables en materia de reducción de riesgos de contaminación, las medidas que habrán de aplicarse en la producción primaria de vegetales.
Con base en el Artículo 19 del ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio fiscal 2025, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de enero de 2025, los Programas de Trabajo de los proyectos comprendidos en el Componente III. Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, Subcomponente a) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros, a cargo de la Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, se elaborarán conforme a la disponibilidad presupuestal, pudiendo contemplar los proyectos susceptibles de apoyo siguientes:
a) Inocuidad Agrícola;
b) Inocuidad Pecuaria, e
c) Inocuidad Acuícola y Pesquera.
En los Programas de Trabajo se podrán considerar la adquisición de bienes y contratación de servicios, establecidos en el Catálogo de Conceptos de Gasto, disponibles en la página Web del SENASICA o repositorio asociado al correo psia@senasica.gob.mx, para la realización de acciones como asistencia técnica, capacitación, toma de muestras y diagnóstico de contaminantes, certificación en Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas Agrícolas, reconocimiento en Buen uso y Manejo de plaguicidas, certificación en Buenas Prácticas Pecuarias, Acuícolas y Pesqueras, capacitación en conservemos un campo limpio y recolección de envases vacíos de agroquímicos y afines, así como para la recolección de estos.
Para el caso específico de este Componente se entenderá por población objetivo a las unidades de producción agrícolas, pecuarias, acuícolas y pesqueras, así como al procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros, con interés en implementar Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas.
Asimismo, para este Componente, las personas productoras, los o las representantes legales o apoderados(as) de las Unidades de Producción dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, pecuarios o acuícolas y pesqueros y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros podrán solicitar a la Instancia Ejecutora de la entidad federativa en que se ubique, su integración a los proyectos del Componente.
Dicha solicitud podrá realizarse cualquier día hábil del año, mediante un escrito libre dirigido a la Instancia Ejecutora, en el cual manifiesten su interés por incorporarse al programa e implementar Buen Uso y Manejo de Plaguicidas, Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas.
La Instancia Ejecutora de acuerdo a la disponibilidad de recursos asignados a los proyectos, determinará su incorporación, priorizando la inclusión de unidades de producción con estrato bajo y medio.
Una vez incorporada la unidad de producción, se integra al padrón a atender y se designa al técnico para su seguimiento durante el proceso de implementación paulatina de los Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas.
El tipo de Unidades susceptibles de apoyo, para este Componente son: Unidades de Producción primaria, Unidades de Empaque de los vegetales en campo, Unidades de Procesamiento Primario de productos acuícola y pesquero, Embarcaciones menores, Acopio y/o Manejo y Envasado de miel, con la finalidad de implementar los Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación (SRRC) y Buenas Prácticas (BP).
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Introducción
Con fundamento en el artículo 2° de la Ley Federal de Sanidad Vegetal se establece que la sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones legales aplicables; diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los vegetales, sus productos o subproductos que representen un riesgo fitosanitario; así como establecer medidas fitosanitarias y regular la efectividad de los insumos fitosanitarios y para su desarrollo, promoverá la celebración de acuerdos y convenios con los Gobiernos de los Estados y Municipios, Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal o particulares interesados. Así mismo, con base en lo previsto en los artículos 35, 36 fracciones I, II, III y IV y 37 fracción IV del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, se establece que el SENASICA coordinará y operará el Sistema de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria.
2. Justificación, Viabilidad y Prioridades
Para dar cumplimiento al artículo 5 fracción I de las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio 2025, el cual establece que el objetivo de la vigilancia es “llevar a cabo la detección de plagas y enfermedades emergentes o reemergentes de manera oportuna y, en su caso, implementar acciones de manejo, o bien, la supresión, control o erradicación de estas“, a través de los proyectos que apoya el Gobierno Federal. El presente establece las actividades para la búsqueda de plagas en la Entidad, que en caso de no realizarse pueden derivar la incursión y establecimiento de plagas que representen pérdidas económicas considerables y que, a su vez, afecten la comercialización a nivel nacional e internacional, resultado de estrictas restricciones cuarentenarias. La ubicación geográfica del estado de Zacatecas, al estar en colindancia con los estados de Durango, Aguascalientes, Jalisco, Nayarit, Durango, Coahuila, Nuevo León y San Luis Potosí, lo hace un punto articulado para todo tipo de actividades económicas, lo cual representa un riesgo de incursión de plagas de importancia cuarentenaria. El estado tiene identificados diversos sitios con potencial de entrada y/o establecimiento de plagas, por lo que se consideran como sitios prioritarios, tales como:
• A través del estado se localizan carreteras y vías ferroviarias en las cuales circulan vehículos de carga y vehículos particulares provenientes de Estados Unidos.
• El estado cuenta con el Aeropuerto Internacional de Zacatecas, con vuelos a diversos destinos de la República Mexicana y Estados Unidos.
• Es paso obligatorio de transporte de mercancías.
• El estado presenta flujos migratorios recurrentes de Centro América hacia el norte de México con destino a Estados Unidos.
El Plan Nacional de Desarrollo, ha establecido la atención de los sectores vulnerables para lograr la autosuficiencia agroalimentaria. En este sentido, los programas o proyectos de sanidad vegetal que se establezcan fortalecen las acciones que permiten mejorar la producción para el bienestar, a través de la prevención de la introducción, establecimiento y dispersión de plagas. Además de los programas fitosanitarios orientados a mitigar el daño ocasionado por las plagas, conservar y mejorar el estatus fitosanitario en el país, lo cual favorece las exportaciones de los productos del campo mexicano.
Asimismo, en el artículo 2 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (LFSV) establece que la sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones legales aplicables; diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los vegetales, sus productos o subproductos que representen un riesgo fitosanitario, asimismo, el artículo 33 de la LFSV establece que la Secretaría tendrá a su cargo la organización y coordinación de las campañas fitosanitarias y para su desarrollo, promoverá la celebración de acuerdos y convenios con los Gobiernos de los Estados y Municipios, Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal o particulares interesados.
Las campañas fitosanitarias se implementan conforme a los artículos 2, 3, 5, 19 y 33 de la LFSV donde establece que la Secretaría tendrá a su cargo la organización y coordinación de las campañas fitosanitarias y para su desarrollo, promoverá la celebración de acuerdos y convenios con los Gobiernos de los Estados y Municipios, Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal o particulares interesados, además de lo señalado en los artículos 86, 87, 88, 89 y 92 del Reglamento de la LFSV. Las actividades de verificación e inspección en materia fitosanitaria se realizan con fundamento en los artículos 54 y 55 de la LFSV, que hacen referencia a la atribución de verificar e inspeccionar en cualquier tiempo y lugar el cumplimiento de las disposiciones legales atribuibles y aplicar las medidas necesarias, cuando se detecte la existencia de algún riesgo fitosanitario superveniente; para lo cual opera directamente el SENASICA la infraestructura de inspección, o bien a través de los gobiernos de los Estados o con los Organismos Auxiliares.
Considerando lo anterior y con base en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio fiscal 2025, publicado el 27 de enero del 2025 en el Diario
Oficial de la Federación, se ejecutará el programa de trabajo denominado Operación de Puntos de Verificación Interna en Materia Fitosanitaria en el estado de Zacatecas.



